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La telemedicina, la herramienta que llegó para quedarse Utilidad y aspectos médico-legales. Dr. Nicolás Oliva, Dr. Diego Rafael Cohon

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La telemedicina, la herramienta que llegó para quedarse. Utilidad y aspectos médico-legales. Dr. Nicolás Oliva, Dr. Diego Rafael Cohon

D Serebrisky //

D Serebrisky // Adicciones sas de prevalencia a lo largo de la vida del 16,4 %, 12,3% y 10,4% respectivamente (Stagnaro, 2018). En términos de trastornos individuales los trastornos con mayor prevalencia a lo largo de la vida son el trastorno depresivo mayor (8,7%), seguido por el trastorno por abuso de alcohol (8,1%). Tampoco debemos omitir que el tabaco es la segunda sustancia psicoactiva más consumida, luego del alcohol, con una prevalencia de consumo que varía según los estudios del 21 al 30 % de la población general. (SEDRONAR, 2016). En nuestro país, según el trabajo de Vigo y colaboradores, los trastornos mentales causan más de un tercio de la discapacidad total (AVDs) y alrededor del 20% de toda la discapacidad combinada con la mortalidad (AVADs). Ningún otro grupo de enfermedades (o sub-grupo de enfermedades no transmisibles) es tan discapacitante como los trastornos mentales, en términos de AVDs y AVADs (Vigo, 2018). Al mismo tiempo, los recursos relacionados al acceso al tratamiento y los relativos con la continuidad del mismo, son francamente insuficientes. Casi la mitad de las personas con un cuadro de trastorno por consumo de sustancias no inicia un tratamiento y el acceso a un tratamiento temprano es excepcional (2,6%) (Stagnaro, 2018). Sobre esta realidad epidemiológica se asienta la utilidad de la telemedicina y la posibilidad de utilizarla como una herramienta para mejorar el acceso al tratamiento y permitir su continuidad en el tiempo. La pandemia por Covid-19 y las medidas sanitarias de cuidados indicados y restricciones decretadas, funcionaron como catalizadores del proceso de implementación de tecnologías de la información y la comunicación en la medicina en general y la psiquiatría en particular. Algunas definiciones La Organización Mundial de la Salud (OMS) define a la Telemedicina como “la prestación de servicios de salud, donde la distancia es un factor crítico, por todos los profesionales de la salud que utilizan tecnologías de la información y la comunicación (TICs) para el intercambio de la información válida para el diagnóstico, tratamiento y prevención de las enfermedades y lesiones, la investigación y la evaluación, y para educación continua de proveedores de atención de salud, para la promoción de salud de los individuos y sus comunidades”. La Telemedicina permitiría un fortalecimiento de las prácticas sanitarias existentes mediante tecnologías, técnicas y métodos para mejorar la atención tradicional, no como una especialidad médica que debe reemplazar la práctica médica actual. La Telesalud es un concepto más amplio que incluiría la gestión de la salud pública, la medicina, la educación en salud y la investigación, todo ello facilitado por las tecnologías de la información y la comunicación. Denominamos e-consulta a la asistencia médica a pacientes ofrecida mediante las nuevas tecnologías (NNTT) o sistemas de comunicación, sea en tiempo real o de forma diferida. Las herramientas de comunicación utilizadas van desde las más sencillas y asincrónicas como el correo electrónico, aplicaciones de mensajería, chat y foros web, hasta la conversación telefónica, la videollamada y otros recursos de colaboración en tiempo real más sofisticados que integran en la misma aplicación videoconferencia, escritorio compartido, presentaciones, chat y envío de registros de datos médicos. Todas ellas se completan con el acceso remoto seguro a los sistemas de información médica como la historia clínica informatizada, 56

la imagen médica digital y la prescripción electrónica (Ezpeleta, 2022). Marco normativo de la telemedicina en argentina La telemedicina como constructo más reciente dentro del ejercicio de salud, no deja de estar interpelada por leyes de origen como Ley 17.132 del ejercicio de la medicina, odontología y actividades de colaboración, la Ley 25.326 de protección de datos de personas y la Ley 26.529 de derechos del paciente, historia clínica y consentimiento informado, como así también por la Constitución Nacional, el Código Civil de la Nación y los tratados internacionales con jerarquía constitucional. Un primer documento de la OMS en políticas en telesalud de 1998 consideraba que es tan importante la educación como la salud y quienes sepan usar los recursos de tecnologías podrán utilizarlo (OMS/ OPS, 1998). En aquel documento se interrogaban sobre potenciales beneficios y potenciales riesgos de aplicación de medios telemáticos. Dentro de los beneficios en lo asistencial mencionaban la posibilidad de permitir un monitoreo remoto de pacientes con enfermedades crónicas y así la resultante de poder reducir los días de hospitalización, disminuir el tiempo de espera en los sistemas de atención y también superar el aislamiento. También fue pensado como una oportunidad de educación en salud y de accesibilidad a la información, tanto de pacientes como de profesionales. Otros beneficios mencionados podrían relacionarse con la promoción de la participación comunitaria de la salud, la eliminación de barreras de comunicación y el aumento de la cobertura de salud. Señalan que: los recursos que generalmente son escasos pueden ser compartidos en mayor medida logrando así una mayor equidad, se facilita la vigilancia epidemiológica y se posibilitaría el abordaje y la comunicación en catástrofes y emergencias. Para mencionar en relación a los potenciales riesgos se pueden destacar aspectos como la violación del secreto profesional (a través de una intrusión o ataque informático, de esta problemática se deriva la importancia de protocolos de seguridad como veremos más adelante), el riesgo de la automedicación o del ejercicio ilegal de la medicina (a través de la falsificación digital de recetas o de la identidad profesional). Desde el año 2012 se empezó a trabajar desde el Estado Nacional en Cibersalud, con el fin de promover una política pública destinada a mejorar la calidad de atención de la salud e igualar las condiciones del derecho universal de acceso a la salud de toda la población. En el año 2014, se desarrolla una estrategia de despliegue federal de tecnologías de la información y la comunicación que conforman los nodos de la red de colaboración. Mediante una Resolución se aprobó (2016) el Programa de Modernización del entonces Ministerio de Salud, incluyendo dentro de los proyectos sustantivos para el avance de dicho programa, el de Telesalud y en octubre de 2018 se aprobó la Estrategia Nacional de Salud Digital 2018-2024, por la cual se establece la necesidad de aprobar el Plan Nacional de Telesalud. La Estrategia Nacional de Salud Digital tiene como uno de sus objetivos que se implementen redes de Telesalud, que permitan la atención a distancia del paciente y las consultas de segunda opinión, mejorando la accesibilidad, evitando traslados y compensando las diferencias regionales de especialidades y recursos. Así mismo resulta necesario que el Plan Nacional de Telesalud sea polivalente, priorizando en un principio 57

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